Articulo 214 Puertos y transporte en aguas marítimas y continentales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 214. Precios privados
Vigente
Corresponde a Puertos de la Generalidad determinar y revisar el precio exigible a los particulares en contraprestación por las actividades económicas y los servicios varios que presta a solicitud de los mismos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 30-03-2020