Articulo 213 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca
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»Artículo 213. Contenidos del epígrafe de otros ingresos y derechos
Vigente
El epígrafe de otros ingresos y derechos incluirá cualquier otro ingreso o derecho no comprendido en los epígrafes anteriores, que, de acuerdo con la LUIB y con la legislación estatal, integren el patrimonio público municipal de suelo. Asimismo, se inscribirán todos los fondos que, de conformidad con la legislación expresada, queden adscritos a este patrimonio, e igualmente las transferencias y las consignaciones presupuestarias del Consejo Insular de Mallorca o de cualquiera de los municipios de esta isla cuya finalidad sea la conservación, la ampliación o la gestión del patrimonio público de suelo respectivo.