Articulo 2113 Decreto de ...e Cataluña

Articulo 2113 Decreto de Turismo de Cataluña

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Artículo 211-3. Clasificación

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-1 Los establecimientos de alojamiento turístico se clasifican de acuerdo con las disposiciones establecidas en el presente Decreto.

-2 La clasificación turística identifica el grupo, la modalidad y, si procede, la categoría del establecimiento, en los supuestos que su actividad esté sujeta a los requisitos turísticos y de servicio definidos en el presente reglamento.

-3 Queda prohibida para los establecimientos de alojamiento turístico la utilización de cualquier denominación, clasificación, grupo, categoría reservada o distintivo turísticos sin cumplir los requisitos establecidos por el presente Decreto.

-4 En el marco de la verificación de los requisitos turísticos, las administraciones turísticas controlan el cumplimiento de la clasificación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-08-2020 en vigor desde 26-08-2020