Articulo 21 Sistema Canario de Seguridad y Emergencias
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Artículo 21. Investigación.

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El Gobierno de Canarias promoverá estudios de evolución de la delincuencia y la criminalidad, así como análisis de la evolución y coyunturas, que servirán de base para la realización de las políticas de mejora y orientación en la prestación de los servicios, así como otros trabajos que permitan elaborar estudios de prevención.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2007 en vigor desde 19-04-2007