Articulo 21 Reglamento de Residuos
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Artículo 21. Plazo de entrega del primer plan y periodicidad.

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El primer plan de minimización se presentará ante el órgano ambiental competente transcurrido un año desde la puesta en funcionamiento de la actividad y, posteriormente, con una periodicidad de cuatro años.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-04-2012 en vigor desde 26-05-2012