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Articulo 21 Racionalización del sector público autonómico

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Artículo 21. Contratación electrónica

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1. La Comunidad Autónoma fomentará el uso de medios electrónicos en la contratación pública como medida de simplificación procedimental y racionalización administrativa.

2. La presentación de ofertas por medios telemáticos será obligatoria en los procedimientos de contratación que se tramiten por medios electrónicos cuando así se establezca en los pliegos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-01-2014 en vigor desde 16-02-2014