Articulo 21 Protección, Reconocimiento y Memoria de las Víctimas del Terrorismo
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»Artículo 21. Acceso a la cultura y al deporte
Vigente
1. La Comunidad de Madrid establecerá bonificaciones que faciliten el acceso de las víctimas del terrorismo, y de las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima, a las actividades culturales que organice directamente la Administración autonómica.
2. Además, la Comunidad de Madrid establecerá bonificaciones que faciliten el acceso de esas personas a las actividades deportivas que organice directamente la Administración autonómica, así como a las instalaciones deportivas dependientes de la Comunidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-10-2018 en vigor desde 26-10-2018