Articulo 21 Prevención y el tratamiento integral de la violencia de género
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»Artículo 21. Proyectos educativos y curriculares de centro.
Vigente
Los proyectos educativos de centro incorporarán la perspectiva de género en su elaboración y desarrollo. Los proyectos curriculares propiciarán medidas de coeducación en los contenidos, las actitudes y los procedimientos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-08-2007 en vigor desde 08-08-2007