Articulo 21 Prevención y lucha contra la trata de seres humanos y protección de las víctimas
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»Artículo 21. Sustitución de la Decisión marco 2002/629/JAI
Vigente
Queda sustituida la Decisión marco 2002/629/JAI, relativa a la lucha contra la trata de seres humanos para los Estados miembros que participan en la adopción de la presente Directiva, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros en lo que se refiere a los plazos para la transposición de dicha Decisión marco en sus ordenamientos jurídicos.
Para los Estados miembros que participan en la adopción de la presente Directiva, las referencias a la Decisión marco 2002/629/JAI se entenderán hechas a la presente Directiva.