Articulo 21 Presupuestos 2020 Murcia

Articulo 21 Presupuestos 2020 Murcia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 21. Limitaciones a las modificaciones de crédito con ingresos finalistas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las generaciones de crédito derivadas de ingresos finalistas no previstos en el estado de ingresos, así como las incorporaciones de remanentes de crédito derivadas de gastos con financiación afectada, únicamente podrán autorizarse cuando no existan créditos ejecutados o pendientes de ejecución suficientes para justificar en su totalidad los mencionados fondos finalistas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2020 en vigor desde 26-04-2020