Articulo 21 Plataforma de colaboración en apoyo del funcionamiento de los equipos conjuntos de investigación
Artículo 21. Período de conservación de los datos operativos
1. Los datos operativos relativos a cada uno de los espacios de colaboración de los ECI se almacenarán en el sistema de información centralizado durante el tiempo que sea necesario para que todos los usuarios de la plataforma de colaboración de los ECI de que se trate puedan finalizar el proceso de descarga. El período de conservación no deberá exceder de cuatro semanas a partir de la fecha de carga de dichos datos en la plataforma de colaboración de los ECI.
2. Tan pronto como todos los usuarios previstos de la plataforma de colaboración de los ECI hayan finalizado el proceso de descarga o, a más tardar, al expirar el período de conservación contemplado en el apartado 1, los datos deberán suprimirse automáticamente y de forma permanente del sistema de información centralizado.