Articulo 21 Pesca de C. León
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»Artículo 21. Aguas pescables.
Vigente
Las aguas pescables se clasifican en las siguientes categorías.
- a) Aguas de Acceso Libre.
- b) Cotos de Pesca.
- c) Escenarios Deportivo-Sociales.
- d) Aguas de pesca privada.
- e) Aguas en Régimen Especial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-12-2013 en vigor desde 02-01-2014