Articulo 21 Parejas de Hecho de Cantabria
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Artículo 21. Impulso a la equiparación de los derechos en la economía privada.

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La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Cantabria promoverá, en el ámbito de la economía privada, la equiparación de las partes integrantes de una pareja de hecho a las personas que formen matrimonio respecto a los derechos de formación, licencias, ayudas de acción social, condiciones laborales y similares que se recojan en los contratos y convenios colectivos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-05-2005 en vigor desde 25-05-2005