Articulo 21 Medidas urgen...or público

Articulo 21 Medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público

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Artículo 21. Sustitución de personal docente.

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El nombramiento de personal funcionario docente, en los centros públicos docentes, para sustituir transitoriamente a los profesores titulares del puesto ocupado tiene que hacerse de la manera que establezca, por medio de un acuerdo, el Consejo de Gobierno.

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