Articulo 21 Medidas tribu...03 Galicia

Articulo 21 Medidas tributarias y administrativas 2003 Galicia

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Artículo 21. Sanciones.

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Modificación de la Ley de servicios sociales de Galicia.

Se modifican las letras a, b y c del apartado 1 del artículo 65 de la Ley 4/1993, de 14 de abril, de servicios sociales de Galicia, que quedan redactadas en los siguientes términos:

  1. Infracciones leves:

    • Apercibimiento o advertencia.

    • Multa de 3.000 euros, en los siguientes grados:

      • Mínimo: hasta 1.000 euros.

      • Medio: de 1.001 euros a 2.000 euros.

      • Máximo: de 2.001 euros a 3.000 euros.

  2. Infracciones graves:

    • Multa de 3.001 euros hasta 15.000 euros, en los siguientes grados:

      • Mínimo: de 3.001 euros a 7.000 euros.

      • Medio: de 7.001 euros a 11.000 euros.

      • Máximo: de 11.001 euros a 15.000 euros.

  3. Infracciones muy graves:

    • Multa de 15.001 euros hasta 60.000 euros, en los siguientes grados:

      • Mínimo: de 15.001 euros a 30.000 euros.

      • Medio: de 30.001 euros a 45.000 euros.

      • Máximo: de 45.001 euros a 60.000 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2003 en vigor desde 01-01-2004