Articulo 21 Medidas fiscales, financieras y administrativas
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Artículo 21. Modificación del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña

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1. Se añade una letra, la c, al artículo 4.3-2 del capítulo III del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, con el siguiente texto.

«c) En la prestación de servicios correspondientes a la extensión de la documentación sanitaria que ampare el traslado del ganado trashumante para el aprovechamiento de pastos que debe regresar al punto de origen.»

2. Se suprime el punto 2.4 del artículo 4.3-5 del capítulo II del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

3. Se suprime el punto 2.6 del artículo 4.3-5 del capítulo II del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

4. Se modifica el punto 5.3 del artículo 4.3-5 del capítulo III del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:

«5.3. Por la modificación de datos del documento de identificación equina (DIE o pasaporte) para équidos de crianza y renta: 2,50 euros. Si la modificación consiste en el cambio de titularidad de los équidos, la tasa es de 2,50 euros por el primer animal y de 0,15 euros para el resto.»

5. Se suprime el punto 9 del artículo 4.3-5 del capítulo III del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

6. Se modifica el punto 10 del artículo 4.3-5 del capítulo III del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:

«10. Por la expedición de certificados para la comercialización de productos destinados a la alimentación animal.

»10.1. Certificado de registro del establecimiento: 10,00 euros.

»10.2. Certificado de libre venta sin etiqueta adjunta ni informaciones adicionales: 10,00 euros.

»10.3. Certificado de libre venta sin etiqueta adjunta y con informaciones adicionales: 13,00 euros.

»10.4. Certificado de libre venta con etiqueta adjunta y sin informaciones adicionales: 20,00 euros.

»10.5 Certificado de libre venta con etiqueta adjunta y con informaciones adicionales: 23,00 euros.

»10.6. Certificado por exportación (previo a exportación o por el registro del producto en un país tercero): 20,00 euros.

»10.7. Sellado de documentación: 2,00 euros/página.

»10.8. Copia adicional o duplicado de certificado: el mismo importe que corresponda según el tipo de certificado.

»Los ingresos derivados de la aplicación de dicho tipo de gravamen quedan afectados a la financiación para la implantación, desarrollo y mantenimiento del programa para la gestión telemática ganadera.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-03-2015 en vigor desde 14-03-2015