Articulo 21 Medidas fisca...de Galicia

Articulo 21 Medidas fiscales y administrativas 2021 de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 21. Información pública e informe de las administraciones afectadas

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Será preceptivo el sometimiento de los proyectos de infraestructuras de fomento de la movilidad sostenible a los trámites de información pública y de informe de las administraciones afectadas en el caso de la construcción de nuevas infraestructuras de fomento de la movilidad sostenible que no se hayan previsto en el planeamiento urbanístico municipal.

2. El trámite de información pública se llevará a cabo durante un plazo mínimo de treinta días hábiles, ampliable a juicio de la administración promotora de la actuación, mediante un anuncio que se publicará en el Diario Oficial de Galicia, en los tablones de anuncios de los ayuntamientos afectados y, como mínimo, en dos medios de comunicación de entre los de más difusión en el ámbito de la actuación. La documentación que compone el proyecto estará a disposición de la ciudadanía en la sede central de la administración promotora de la actuación, en la sede territorial de esta que abarque el ámbito de la actuación, en su caso, y en los ayuntamientos afectados. Las alegaciones presentadas en este procedimiento deberán versar sobre la concepción global de la actuación y de las distintas alternativas analizadas, en su caso.

3. Simultáneamente, los proyectos sometidos al trámite de información pública a los que se refieren los puntos anteriores también se someterán al informe de las administraciones territoriales afectadas por el ámbito de la actuación para que, en un plazo de treinta días hábiles, ampliable a juicio de la administración promotora de la actuación, examinen si el diseño propuesto es el más adecuado para sus intereses e informen sobre ese aspecto. Transcurrido ese plazo sin que las administraciones consultadas hayan emitido el citado informe, se entenderá que muestran su conformidad con el diseño propuesto.

4. Transcurridos los plazos de los trámites de información pública e informe de las administraciones afectadas y recibidas las alegaciones e informes presentados, se dará respuesta motivada a las alegaciones formuladas. El informe resultante se pondrá a disposición de las personas interesadas y se les notificará a las administraciones a las que se les haya dado de informe y a los particulares que hayan presentado alegaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022