Articulo 21 Medidas Fiscales y Administrativas 2012 de Cantabria
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 21. Modificación de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Vigente
Uno.- Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 9 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, con la siguiente redacción.
"3. Las facultades para conceder subvenciones a que se refiere este artículo podrán ser objeto de desconcentración mediante Decreto de Consejo de Gobierno."
Dos.- Se reenumera el actual apartado 3 del artículo 9 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, que pasará a ser el apartado 4.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2012 en vigor desde 01-01-2013