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Articulo 21 Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial

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Artículo 21. Introducción de una disposición transitoria cuarta en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado.

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Se introduce una disposición transitoria cuarta en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado, redactadadel siguiente modo.

«Disposición transitoria cuarta. Deducción por baja temporal fiscal de máquinas de juego de tipo «B» y «C».

1. Durante el ejercicio 2011, las empresas operadoras sujetos pasivos de la tasa fiscal sobre el juego que grava las máquinas tipos «B» y «C» que no reduzcan ese año la plantilla global de trabajadores respecto del año 2010, en términos de personas/año regulados en la normativa laboral, podrán situar en el ejercicio 2011 un máximo del 10% del número de máquinas que tengan autorizadas, con un mínimo de 1 máquina por empresa operadora, en situación de baja temporal fiscal por un periodo de un trimestre natural. 2. Las empresas operadoras sujetos pasivos que hayan optado por situar en baja temporal fiscal determinadas máquinas deberán recoger esta opción en la comunicación telemática de traslado a almacén de dichas máquinas.

3. Durante el tiempo en que una máquina esté en baja temporal fiscal no podrá ser canjeada por otra.

4. Los sujetos pasivos que cumplan los requisitos establecidos en los apartados anteriores de esta disposición podrán aplicar una deducción de 900 euros en la cuota tributaria de 2012 correspondiente a cada máquina que haya estado en situación de baja temporal fiscal en el ejercicio 2011.

5. Cuando el sujeto pasivo opte por el fraccionamiento automático regulado en el apartado 4 del artículo 39 bis de este texto refundido, el importe de la deducción se aplicará en el primer período del pago de la tasa.

6. En aquellos casos en que se produzca el canje de la máquina que haya estado en situación de baja temporal fiscal en 2011, la deducción será aplicable a la maquina que la haya sustituido.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2010 en vigor desde 01-01-2011