Articulo 21 Educación de I Balears

Articulo 21 Educación de I. Balears

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 21. Finalidades del sistema integrado de formación profesional

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Las finalidades del sistema integrado de formación profesional son las siguientes:

a) Capacitar para el ejercicio de actividades profesionales, de forma que se puedan satisfacer tanto las expectativas personales de promoción profesional como las necesidades de cualificación del sistema productivo.

b) Desarrollar las competencias propias de cada título de formación profesional.

c) Fomentar el conocimiento de la legislación laboral y los derechos y las obligaciones en el marco de las relaciones laborales, así como las características y la organización del sector productivo y los mecanismos de la inserción profesional.

d) Evaluar y acreditar oficialmente la competencia profesional, siempre con referencia a los instrumentos de concreción que establece la normativa básica, con independencia de la forma en la cual se ha producido el aprendizaje.

e) Actuar como un nexo entre las empresas y el sistema educativo y formativo para incorporar en las diferentes enseñanzas los avances tecnológicos y de productos del tejido productivo, así como las nuevas competencias técnicas requeridas por las empresas.

f) Formar profesionales con capacidad de análisis de las situaciones sociales y económicas, con espíritu crítico y creativo que fomente la competencia de dar respuestas a la complejidad de su ámbito profesional.

g) Potenciar el autoaprendizaje, el trabajo en equipo, la cooperación y la formación en prevención y resolución de conflictos de forma pacífica en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, con especial atención a la prevención de la violencia machista.

h) Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, así como con las personas con diversidad funcional para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y ejercerlas.

i) Desarrollar una identidad profesional motivadora para futuros aprendizajes y potenciar las actitudes adecuadas de la iniciativa personal y el emprendimiento ético, social y solidario.

j) Conocer y prevenir los riesgos medioambientales y favorecer la formación de profesionales con actitudes proactivas para la sostenibilidad y la lucha contra el cambio climático.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022