Articulo 21 Desarrollo de... carretera

Articulo 21 Desarrollo del Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 21. Visado de las autorizaciones de transporte público.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las autorizaciones de transporte público deberán ser visadas bienalmente por la Administración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del ROTT.

(NOTA: Las referencias contenida a «tarjetas de transporte» o «copias certificadas de una autorización» se entenderán referidas a la adscripción de vehículos a la correspondiente autorización.)