Articulo 21 Desarrollo y modernización del turismo
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»Artículo 21. Fomento del turismo.
Vigente
Las Administraciones Turísticas impulsarán la creación, conservación, sostenibilidad y mejora de los recursos turísticos, brindando apoyo a las iniciativas públicas y privadas que persigan esta misma finalidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-02-2011 en vigor desde 02-08-2011