Articulo 21 Derecho a la Vivienda en Andalucía
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»Artículo 21. Marco general.
Vigente
La efectividad del derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna y adecuada se garantizará a través de los medios previstos en la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-03-2010 en vigor desde 20-03-2010