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Articulo 21 Agencia para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia -eu-LISA-

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Artículo 21. Presidente del Consejo de Administración

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1. El Consejo de Administración elegirá a un presidente y a un vicepresidente de entre los miembros del Consejo de Administración designados por los Estados miembros que estén plenamente obligados con arreglo al Derecho de la Unión por todos los actos jurídicos de la Unión aplicables al desarrollo, establecimiento, funcionamiento y uso de todos los sistemas informáticos de gran magnitud gestionados por la Agencia. El presidente y el vicepresidente serán elegidos por mayoría de dos tercios de los miembros del Consejo de Administración con derecho de voto.

El vicepresidente sustituirá automáticamente al presidente cuando este no pueda ejercer sus funciones.

2. La duración del mandato del presidente y del vicepresidente será de cuatro años. Sus mandatos serán renovables por una vez. Si el presidente o el vicepresidente dejaran de ser miembros del Consejo de Administración durante su mandato, este expirará automáticamente en la misma fecha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018