Articulo 21 Administración digital
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Artículo 21. Finalidad de la Carpeta ciudadana de la Xunta de Galicia.

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Tiempo de lectura: 2 min

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La Carpeta ciudadana de la Xunta de Galicia tendrá como finalidad:

a) Acercar de forma personalizada la administración a la ciudadanía, facilitándole el acceso al estado de tramitación de sus expedientes administrativos, simplificando las relaciones administrativas y promoviendo la prestación de servicios personalizados.

b) Facilitar el acceso por parte de los ciudadanos y ciudadanas a la información, tanto de carácter personal como de carácter administrativo, que con respecto a ellos y ellas esté disponible en el sector público autonómico, de forma ordenada y sencilla.

c) Disponer de información actualizada y de calidad y de contacto con la ciudadanía para utilizarla de forma preferente en las relaciones con ella, siempre que no se indiquen otros medios específicos para un determinado procedimiento o servicio, y recoger informaciones de otras circunstancias personales facilitadas por los ciudadanos y ciudadanas.

d) La elaboración de actividades estadísticas orientadas a satisfacer las necesidades de las personas usuarias, la evaluación de las políticas públicas y la toma de decisiones, con sujeción a las exigencias derivadas de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.

e) Garantizar que los ciudadanos y ciudadanas faciliten la misma información una sola vez en los términos previstos en el artículo 11.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-07-2019 en vigor desde 15-08-2019