Articulo 208 Medidas fisc...eneralitat

Articulo 208 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

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Artículo 208

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Se añade un número 8.º en la letra f del apartado 1 del artículo 211 del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, que queda redactado así:

Artículo 211. Ordenación de usos y aprovechamientos en el suelo no urbanizable

1. La zonificación del suelo no urbanizable podrá prever, en función de sus características y con carácter excepcional, los siguientes usos y aprovechamientos [...]

f) Actividades terciarias o de servicios. Solo puede autorizarse la implantación de las siguientes actividades [...]

8.º Estacionamiento de maquinaria y vehículos pesados, así como almacenamiento de vehículos, en recinto al aire libre que requiera la ocupación mínima de una hectárea. Deberá cercarse adecuadamente, como regla general, mediante pantalla vegetal. Se exceptúa el almacenamiento de vehículos al final de su vida útil, el cual se entenderá incluido en las actividades a las que se refiere el párrafo 5.º del presente apartado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2022 en vigor desde 01-01-2023