Artículo 205 Tasas y Precios Públicos de C. León
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»Artículo 205. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la solicitud de autorización o de reconocimiento de compatibilidad con actividades públicas o privadas formulada por el personal comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León aprobado mediante Decreto 227/1997, de 20 de noviembre.
Modificaciones
- Modificación realizada (205 (se añade)) por LEY 9/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas.
(BOCYL de 28-12-2012) en vigor desde 01-01-2013 - Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 01-01-2013