Articulo 204 Reglamento 2...a Judicial

Articulo 204 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial

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Artículo 204.

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El cambio de situación administrativa en que se hallen los jueces y magistrados podrá tener lugar siempre que reúnan los requisitos exigidos en cada caso sin necesidad del reingreso previo al servicio activo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011