Articulo 202 Reglamento d...a Vivienda

Articulo 202 Reglamento de Protección Pública a la Vivienda

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Artículo 202. Características de la financiación específica de los Planes de Vivienda y Suelo.

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1. Las características de cada una de las modalidades de financiación específica en materia de suelo, serán las establecidas por los Planes de Vivienda y Suelo o medidas singulares de financiación aplicables.

Con carácter supletorio, se establece que el préstamo específico concedido a una actuación de suelo, quedará vencido anticipadamente cuando se obtenga un nuevo préstamo para financiar la promoción de viviendas que acometa el prestatario por si mismo o mediante concierto con un promotor. No obstante, si la entidad concedente de ambos prestamos es la misma, la escritura de préstamo para suelo podrá prever la adaptación de sus características a las del préstamo específico a promotores de viviendas de protección pública de nueva construcción, siempre que reúnan las características, condiciones y límites establecidas para ellos por los Planes de Vivienda y Suelo o medidas singulares de financiación aplicables.

2. La Generalitat subvencionará con cargo a sus presupuestos con una cuantía adicional fija por vivienda a construir en el ámbito de urbanización, cuando se trate de promover viviendas destinadas a arrendamiento con opción a compra, en la cuantía que establezcan los Planes de Vivienda y Suelo o medidas de financiación.

3. La Generalitat podrá subvencionar con cargo a sus presupuestos una cuantía adicional fija por vivienda a construir en el ámbito de urbanización, que será determinada por los Planes de Vivienda o medidas de financiación aplicables, cuando en la ordenación urbanística de las viviendas se adopten medidas en aras al fomento sostenible de las mismas, se incorporen actuaciones integrales de construcción urbana con criterios ecológicos, bioclimáticos y medioambientales. Estas características se reflejarán en la correspondiente resolución del director general competente en vivienda.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-05-2007 en vigor desde 22-08-2007