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Articulo 20 Usos institucionales y administrativos de las lenguas oficiales

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Artículo 20. Contratos

Vigente

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1. (Anulado)

2. (Anulado)

3. (Anulado)

NOTA: se declaran contrarios a derecho y se anulan los apartados 1, 2 y 3 por Sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, sección 4, del 17 de julio de 2018, que posteriormente fue ratificada por Sentencia del Tribunal Supremo del 3 de julio de 2020, Res. 923/2020 (Rec. 5935/2018).

4. La contratación sujeta a regulación armonizada se regulará por la normativa correspondiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-05-2017 en vigor desde 23-11-2017