Articulo 20 Requisitos para garantizar la seguridad de redes y servicios 5G
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 20. Contenido del Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G.
Vigente
1. El Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G llevará a cabo un tratamiento integral y global de la seguridad de las redes y servicios 5G, considerando las aportaciones al alcance de cada agente de la cadena de valor de 5G para garantizar un funcionamiento continuado y seguro de la red y los servicios 5G.
2. En el Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G se efectuará un análisis de riesgos a nivel nacional sobre la seguridad de las redes y servicios 5G así como identificará, concretará y desarrollará medidas a nivel nacional para mitigar y gestionar los riesgos analizados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-03-2022 en vigor desde 31-03-2022