Articulo 20 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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Articulo 20 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-

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Artículo 20. Documentación complementaria para la modalidad de bou a la mar

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A la solicitud de autorización de los festejos de bous al carrer en su modalidad de bous a la mar, además de lo señalado en los artículos 15 y 16 de este Reglamento, deberá acompañar una declaración jurada del organizador o promotor en la que se acredite que se poseen los siguientes documentos:

1. Autorización del órgano competente en materia de costas, en los supuestos de ocupación o utilización del dominio público marítimoterrestre.

2. Disposición y especificación de los medios adecuados de salvamento marítimo destinados al socorro y rescate de participantes y reses.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015