Articulo 20 Presupuestos Generales para 2022 de La Mancha
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»Artículo 20. Anticipos de tesorería.
Vigente
El límite máximo que puede conceder el Consejo de Gobierno como anticipo de tesorería será del 1,5 por ciento de los créditos no financieros autorizados en la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2021 en vigor desde 01-01-2022