Articulo 20 Plan General de Ordenación Forestal
Artículo 20. Las demarcaciones forestales: Designación y criterios de delimitación.
1. Las demarcaciones forestales a partir de la entrada en vigor del Plan General de Ordenación Forestal ordenadas de Norte a Sur son las siguientes:
Demarcación 1ª que agrupa las comarcas de Els Ports y El Baix Maestrat
Demarcación 2ª que agrupa las comarcas de L'Alt Maestrat, L'Alcalatén y La Plana Alta
Demarcación 3ª que agrupa las comarcas de El Alto Mijares, El Alto Palancia y la Plana Baixa.
Demarcación 4ª que agrupa las comarcas de Los Serranos y El Rincón de Ademuz
Demarcación 5ª que agrupa las comarcas de El Camp de Morvedre, El Camp de Túria, La Hoya de Buñol y L'Horta de Valencia
Demarcación 6ª que agrupa las comarcas de Requena-Utiel y El Valle de Ayora
Demarcación 7ª que agrupa las comarcas de La Safor, La Ribera Alta y La Ribera Baixa
Demarcación 8ª que agrupa las comarcas de La Canal de Navarrés, La Costera y La Vall d'Albaida
Demarcación 9ª que agrupa las comarcas de La Marina Alta, La Marina Baixa, L'Alacantí
Demarcación 10ª que agrupa las comarcas de El Comtat, L'Alt Vinalopó y L'Alcoià
Demarcación 11ª que agrupa las comarcas de El Vinalopó Mitjà, El Baix Vinalopó y la Vega Baja
2. La reorganización en las citadas demarcaciones se realiza para mejorar su eficacia e idoneidad de conformidad con los siguientes criterios:
Físicos, en función del grado de los diagramas bioclimáticos, geomorfología y unidades hidrológicas.
Bióticos, en función de los sistemas forestales, problemática de incendios forestales, y espacios naturales protegidos
Socioeconómicos, en función de la propiedad forestal, la actividad turística rural, empleo de sectores y número y tamaño de municipios
Funcionales, basados en los límites de las comarcas, recursos humanos actuales y futuros y experiencia de los profesionales del sector.
De comunicación y transporte, en función de las vías de comunicación