Articulo 20 Pesca de C León

Articulo 20 Pesca de C. León

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 20. Clasificación de las masas de agua por su régimen de aprovechamiento.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las masas de agua de la Comunidad de Castilla y León, a los efectos de su aprovechamiento pesquero, se clasifican en aguas pescables y no pescables.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-12-2013 en vigor desde 02-01-2014