Articulo 20 Patrimonio de C Valenciana

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Artículo 20. Enumeración de potestades.

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Corresponde a la Generalitat las siguientes potestades respecto a sus bienes y derechos:

  • La potestad de investigación.

  • La potestad de deslinde.

  • La potestad de recuperación de oficio.

  • La potestad de desahucio administrativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 12-04-2003