Articulo 20 Ordenación te...rbanística

Articulo 20 Ordenación territorial y urbanística

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 20. Clases de instrumentos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se establecen como instrumentos ordinarios de ordenación del territorio, relacionados según su orden de prevalencia, los siguientes:

a) Directrices de Ordenación Territorial.

b) Planes de Ordenación Territorial.

c) Programas de Actuación Territorial.

2. Se establecen como instrumentos excepcionales de ordenación del territorio las Actuaciones de Interés Regional.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2015 en vigor desde 06-05-2015