Articulo 20 Medidas urgentes de empleo

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Artículo 20. Actividades y ocupaciones de preferente cobertura.

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1. Las actividades enmarcadas en este programa se desarrollarán por personas capacitadas para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico, y otros perfiles profesionales en I+D+i, así como en su caso, el personal de apoyo a la investigación, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación.

Como personal de apoyo subvencionado se podrá contratar hasta un 10% del total de puestos de trabajo ofertados, excluyéndose en todo caso los trabajos de apoyo administrativo.

2. Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), y digitalización de servicios y Data Science.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2021 en vigor desde 18-12-2021