Articulo 20 Medidas tribu...007 Aragón

Articulo 20 Medidas tributarias 2007 Aragón

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Artículo 20.-Tarifas.

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La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas.

Tarifa 01. Por otorgamiento de nueva autorización, aumento de copias certificadas, rehabilitación de la autorización, expedición de duplicados, visado de cada autorización y, en su caso, de cada copia certificada o cualquier otra modificación delas autorizaciones de transporte público o privado complementario por carretera, así como de sus actividades auxiliares o complementarias: 50 euros.

Tarifa 02. Por otorgamiento de autorización de transporte regular temporal o de uso especial, así como de cualquier otra autorización de transporte de viajeros por carretera, por cada vehículo autorizado: 25 euros.

Tarifa 03. Por derechos de participación en cualquier modalidad de prueba de capacitación profesional exigida en la legislación ordenadora del transporte: 36,30 euros.

Tarifa 04. Por expedicición del título o certificado de capacitación profesional en materia de transporte, del título de consejero de seguridad para el transporte, carga o descarga de mercancías peligrosas, certificado de aptitud profesional deconductor o de cualquier otra acreditación o certificación profesional equivalente e inscripción en el registro correspondiente: 36,30 euros.

Tarifa 05. Por emisión de informe en relación con los datos que figuren en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias de Transporte, en relación con datos referidos a persona, autorización oempresa específica: 30,91 euros.

Tarifa 06. Por actuaciones del concepto anterior, en relación con datos de carácter general o global: 195,78 euros.

Tarifa 07. Por emisión de tarjeta del tacógrafo digital: 31,83 euros.

Tarifa 08. Por expedición del certificado previo a la matriculación o cambio de titularidad de un vehículo sin expedición de autorización de transporte: 7,52 euros.

Tarifa 09. Por expedición de certificado de conductor de terceros países: 15 euros.

Tarifa 10. Por autorización de centro para impartir cursos de formación e inscripción en el registro correspondiente: 300 euros.

Tarifa 11. Por visado de la autorización de centro para impartir cursos de formación e inscripción en el registro correspondiente: 150 euros.

Tarifa 12. Por homologación de curso de formación e inscripción en el registro correspondiente: 100 euros.

Tarifa 13. Por prórroga de la homologación de curso de formación: 60 euros.

Tarifa 14. Por expedición o renovación de la tarjeta acreditativa de la aptitud profesional de conductor: 20 euros.