Articulo 20 Medidas en los sectores de instalaciones juveniles y cooperativas
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»Artículo 20
Vigente
Se modifica el apartado 1 del artículo 4 del Decreto ley 42/2020, de 10 de noviembre, que queda redactado de la manera siguiente:
4.1 Esta ayuda se otorga en un pago único y el criterio de otorgamiento de las ayudas será la presentación dentro del plazo de la solicitud, que es de siete días naturales desde el día siguiente al de la publicación en el DOGC de la Resolución de la convocatoria de esta ayuda, siempre que se cumplan los requisitos para ser beneficiario y de acuerdo con la disponibilidad de crédito. Si se agota la dotación presupuestaria, esta se ampliará de acuerdo con el artículo 6.4.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-11-2020 en vigor desde 25-11-2020