Articulo 20 Medidas fiscales y administrativas 2011 de Galicia
Articulo 20 Medidas fisca...de Galicia

Articulo 20 Medidas fiscales y administrativas 2011 de Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 20. Derecho de tanteo y de retracto.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


No procederá el derecho de tanteo y de retracto o de adquisición preferente, por la persona beneficiaria de la cesión a través del Banco de Tierras de Galicia, en caso de transmisión en propiedad por cualquier título de la finca o porción de la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012