Articulo 20 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Cantabria
Articulo 20 Medidas Fisca... Cantabria

Articulo 20 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Cantabria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 20. - Modificación del Estatuto del Servicio Cántabro de Salud aprobado como Anexo a la Ley de Cantabria 10/2001, de 28 de diciembre, de Creación del Servicio Cántabro de Salud.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el artículo 11 del Estatuto del Servicio Cántabro de Salud, aprobado como Anexo de la Ley de Cantabria 10/2001, de 28 de diciembre, de Creación del Servicio Cántabro de Salud, que pasa a tener la siguiente redacción.

"1. Tendrán la consideración de órganos directivos las Subdirecciones que se determinen en la estructura orgánica. Los titulares de estos órganos serán responsables de la ejecución de las tareas asignadas a las unidades que, en su caso, dependan de aquellos.

2. Los titulares de las Subdirecciones del Servicio Cántabro de Salud tendrán la consideración de altos cargos y serán nombrados por el Gobierno de Cantabria a propuesta del Consejero competente en materia de sanidad. Si los designados fueran funcionarios de carrera o personal estatutario fijo pasarán a la situación administrativa de servicios especiales. Si fueran personal laboral, se estará a lo dispuesto en las respectivas normas de aplicación".