Articulo 20 Medidas Fiscales y Administrativas 1999 de Madrid
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Articulo 20 Medidas Fiscales y Administrativas 1999 de Madrid

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Artículo 20. Modificación del artículo 6 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de creación del Instituto Madrileño de Investigación Agraria y Alimentaria (IMIA) de la Comunidad de Madrid.

Vigente

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Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de creación del Instituto Madrileño de Investigación Agraria y Alimentaria (IMIA) de la Comunidad de Madrid, que quedan redactados de la siguiente forma:

«1. La composición del Consejo de Administración será determinada por el Gobierno de la Comunidad de Madrid mediante Decreto.

2. El Consejo de Administración a propuesta de su Presidente designará un Secretario que deberá reunir la condición de funcionario de la Comunidad de Madrid, con destino en la Consejería a la que esté adscrito el IMIA y que asistirá a sus reuniones con voz pero sin voto.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1999 en vigor desde 30-12-1999