Articulo 20 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 1998 C. León
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»Artículo 20. Modificación de la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.
Vigente
Se modifica el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, aprobado por el Decreto legislativo 1/1988, de 21 de julio, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Adoptarán la forma de Decreto las disposiciones administrativas y resoluciones de la Junta de Castilla y León así como las de su Presidente, y serán firmadas por éste y, en su caso por el Consejero correspondiente.
2. Cuando afecte a más de una Consejería, el Decreto se dictará a propuesta de los Consejeros interesados, y será refrendado por el de Presidencia y Administración Territorial.
3. Las disposiciones y resoluciones de los Consejeros adoptarán la forma de Ordenes e irán firmadas por el titular de la Consejería.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1998 en vigor desde 01-01-1999