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Articulo 20 Medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia

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Artículo 20. Encargos de ejecución a medios propios personificados.

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Para la aplicación de los fondos europeos, los poderes adjudicadores y el resto de entidades del sector público andaluz que no tengan la consideración de poderes adjudicadores, podrán organizarse ejecutando de manera directa prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose de un medio propio personificado en aplicación de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en los términos de la disposición final cuarta, apartado 3, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y en el artículo 53 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, previo encargo a éste, con sujeción a lo dispuesto en los artículos 32 y 33 de la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, o el artículo 25 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, según proceda, no siendo exigible en estos casos la autorización previa del Consejo de Gobierno, prevista en el artículo 28 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, o en la norma equivalente de la Ley del Presupuesto de cada ejercicio. Para la utilización de los encargos, deberá asegurarse que los gastos derivados de su ejecución pueden ser financiados con los fondos asignados, de acuerdo con la normativa comunitaria y la nacional de desarrollo aplicables.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-02-2021 en vigor desde 23-02-2021