Articulo 20 Convenios de ...d Autónoma

Articulo 20 Convenios de la Comunidad Autónoma

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Artículo 20.-Acuerdos en el ámbito de la acción exterior.

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1. La Comunidad Autónoma de Aragón podrá suscribir acuerdos de colaboración con entes públicos de otros Estados o con organismos internacionales para la promoción y defensa de los intereses de Aragón en el exterior.

2. Especialmente, se promoverán acuerdos en materia de investigación, desarrollo tecnológico, protección del medio ambiente, ayuda al desarrollo y apertura exterior de la economía aragonesa.