Articulo 20 Consell, que desarrolla la Ley 12/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre Perros de Asistencia para Personas con Discapacidades. [2006/F12855]
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»Artículo 20. Instrucción y comprobación.
Vigente
Si al revisar la documentación aportada en la solicitud se comprueba que no cumple con la documentación preceptiva y los requisitos exigidos por la normativa sectorial, de conformidad con el artículo 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento, presente en el registro electrónico de la Generalitat los documentos que deberían haberse aportado en la solicitud y que se relacionarán en el requerimiento de subsanación.
Modificaciones
- Artículo modificado por DECRETO LEY 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat.
(DOGV de 10-07-2024) en vigor desde 11-07-2024