Articulo 20 Aspectos de los contratos de compraventa de bienes
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»Artículo 20. Información al consumidor
Vigente
Los Estados miembros tomarán las medidas adecuadas para garantizar que esté a la disposición de los consumidores la información sobre los derechos de los consumidores conforme a la presente Directiva, así como la información sobre las vías para hacerlos valer.