Articulo 20 Arancel de derechos de los profesionales de la Procura
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Artículo 20. Diligencias preliminares.

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El profesional de la Procura, por la intervención en cualquier medida preliminar, devengará la cantidad máxima de 50,15 euros.

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  • Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 02-05-2024