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Articulo 20 Actividad física y deporte de Aragón

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Artículo 20. Competiciones deportivas.

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Las competiciones deportivas podrán calificarse como oficiales o no oficiales y de ámbito internacional, nacional, autonómico, provincial, comarcal o local.

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  • Texto Original. Publicado el 19-12-2018 en vigor desde 20-12-2018